"Venceréis, pero no convenceréis.
Venceréis porque tenéis sobrada fuerza bruta,
pero no convenceréis,
porque convencer significa persuadir.
Y para persuadir necesitáis algo que os falta:
razón y derecho en la lucha."
MIGUEL DE UNAMUNO

Esta causa incluía a un total de 58 personas acusadas, 43 muchachos y 15 muchachas, la mayoría menores de edad; y todas ellas acusadas por su militancia en las Juventudes Socialistas Unificadas (JSU) o en el Partido Comunista de España (PCE) y en la organización de un "socorro rojo" para ayudar a los derrotados. Y en un alegato final del fiscal acusaba a todas las personas procesadas "de ser responsables de un delito de adhesión a la rebelión, previsto y penado en el art. 238 del Código de Justicia Militar, con la agravante de la 'trascendencia de los hechos y peligrosidad'". Aunque no se contemplara en la causa -como es lógico-, el delito por el que iban a ser juzgadas estas 58 personas y por el que iban a ser condenadas a la pena de muerte -salvo una muchacha-, no era otro que el de defender la libertad, los valores y principios de la II República, legítimamente salida de las urnas, y por ser ROJ@S!!! El Régimen Franquista quería que esta condena sirviera de castigo ejemplar para que todos y todas se mantuvieran dentro de los márgenes marcados por el nuevo régimen impuesto a España por los vencedores. El comunismo era un peligro, y los y las comunistas (l@s roj@s) eran los enemigos y enemigas a vencer.
Tras el turno de palabra del fiscal con el relato de las acusaciones de todas y cada una de las 58 personas incluidas en dicha causa, le tocó el turno al abogado defensor, también perteneciente al ejército; el cual sólo fue un convidado de piedra que sirvió para hacer más macabra la farsa judicial, en un tira y afloja sobre las penas a exigir: si el fiscal pedía la pena de muerte, la defensa solicitaba cadena perpetua; si el primero pedía cadena perpetua, el otro lo rebajaba a reclusión mayor; y así sucesivamente; en un juego macabro que demuestra a las claras el valor que el régimen franquista concedía a la vida de quienes la dieron -su vida- en nombre de la libertad y de la democracia.
Después de aquella pantomima, el presidente del Consejo de Guerra Permanente nº 9, el Teniente Coronel Isidro Cerdeño Gurich, "declaró constituido el consejo en sesión secreta para deliberar y dictar sentencia". Sentencia que fue redactada el mismo día, "declarando probadas todas y cada una de las acusaciones del fiscal". En palabras de Carlos Fonseca, "la resolución estaba redactada con la retórica de los vencedores: grandilocuente, ampulosa, ramplona y hueca, en la que los razonamientos jurídicos habían sido sustituidos por soflamas patrióticas que servían para justificar un fallo decidido de antemano": 57 penas de muerte y una reclusión a 12 años y un día. Sólo Julia Vellisca, compañera de las Trece Rosas, salvaría la vida en aquel consejo de guerra, siendo la única concesión de éste a la defensa.
La farsa judicial había acabado. Las esperanzas de las muchachas quedó, entonces, depositadas en la petición de indulto: 14 solicitudes que quedarían dormidas en el cajón de la mesa de la directora de la Cárcel de Ventas; rompiéndose el fino hilo que las unía a la vida; una corta vida que se iba consumiendo quizá demasiado deprisa.
BIBLIOGRAFÍA: Trece Rosas Rojas, de Carlos Fonseca, 2004, Madrid: Temas de hoy, Historia Viva.
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