El viernes 1 de agosto entró en vigor en nuestro país el Convenio del Consejo de Europa para prevenir y combatir la violencia contra las mujeres, acuerdo que España ratificó el pasado mes de abril y que se centra en la detección, prevención y lucha contra todas las formas de violencia sobre la mujer.
El Convenio del Consejo de Europa para prevenir y combatir la violencia contra las mujeres, conocido como Convenio de Estambul -ciudad en la que se aprobó en 2011-, entró este viernes 1 de agosto en vigor en once de los trece países que lo han ratificado, entre ellos España.
El tratado está centrado en la detección, prevención y lucha contra todas las formas de violencia sobre la mujer, desde el maltrato a manos de su pareja o expareja hasta el matrimonio forzoso, la mutilación genital femenina o la trata con fines de explotación, y compromete al Estado que lo ratifica a adoptar medidas legislativas, punitivas y de información y sensibilización para perseguir estos delitos y proteger a las víctimas.
España, que ratificó el convenio el pasado mes de abril, se compromete, entre otras medidas, a perseguir internacionalmente la mutilación genital femenina cuando la haya cometido un español o residente habitual en el país sobre una víctima que cumpla una de estas características, sin que sus restricciones de la justicia universal puedan ser impedimento.
Asimismo, contrae otras obligaciones, como adoptar las medidas necesarias para que la persecución por razón de género sea tenida en cuenta como causa para obtener asilo o protección subsidaria. España, en toda su historia, sólo ha concedido la protección por motivo de género en una ocasión, se trataba de una víctima de trata.
En este sentido, establece que las partes firmantes "adoptarán las medidas legislativas o de otro tipo necesarias para desarrollar procedimientos de acogida sensibles al género y servicios de apoyo a los solicitantes de asilo, así como directrices basadas en el género y procedimientos de asilo sensibles al género, incluidos los relativos a la obtención del estatuto de refugiada y a la solicitud de protección internacional".
El Convenio va más allá y recuerda a los Estados el principio internacional de no devolución, de manera que les compromete a adoptar las medidas necesarias para respetarlo a fin de garantizar que "las víctimas de violencia contra las mujeres necesitadas de protección, con independencia de su condición o de su lugar de residencia, no puedan ser devueltas en circunstancia alguna a un país en el que su vida pudiera estar en peligro o en el que pudieran ser víctimas de tortura o de tratos o daños inhumanos o degradantes".
Hay otros compromisos en el texto que en España ya tienen un rodaje, como la obligación de adoptar una legislación específica contra la violencia de género (la Ley Integral cumple ahora 10 años) que incluya la posibilidad de adoptar órdenes y medidas de protección urgente para las víctimas, prohíba los sistemas de mediación o conciliación en estos casos y que tome como agravante el parentesco, entre otras medidas vigentes en el sistema judicial actual.
PÉRDIDA DE CUSTODIA PARA MALTRATADORES
También plantea la posibilidad de que los jueces dicten "la pérdida de sus derechos dimanantes de la patria potestad (del maltratador) si el interés superior del menor, que puede incluir la seguridad de la víctima, no se puede garantizar de ninguna otra forma" o que se arbitren mecanismos de seguimiento y vigilancia de los condenados por estos delitos de violencia sobre las mujeres.
Sobre este asunto, el Convenio dice que "las Partes tomarán las medidas legislativas u otras necesarias para que, en el momento de estipular los derechos de custodia y visita relativos a los hijos, se tengan en cuenta los incidentes de violencia" así como para que "el ejercicio de ningún derecho de visita o custodia ponga en peligro los derechos y la seguridad de la víctima y de los niños" y niñas.
Para el seguimiento de los compromisos adquiridos con la ratificación, el Convenio prevé la creación del Grupo de Expertos en la lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica (GREVIO), que estará integrado por un mínimo de 10 y un máximo de 15 miembros de países diferentes y con una participación equilibrada tanto en términos de género (eso esperamos, y que si no es mayoritaria la presencia de mujeres, al menos que haya un 50 por ciento de ambos géneros) como a nivel disciplinar, que tendrá un mandato de cuatro años.
El GREVIO visitará los Estados, recibirá información de organizaciones sociales y organismos oficiales y elaborará un informe con recomendaciones que serán elevadas al país afectado y al Comité en el que tendrán presencia todos los que hayan ratificado el Convenio. De este Comité saldrán las recomendaciones al país en cuestión en relación con el cumplimiento de los compromisos adquiridos y serán públicas.
FUENTES: EuropaPress, Enfemenino
IMÁGENES: Google
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