"Ninguna mujer debería perder su situación en la sociedad, su sustento o sus propiedades cuando su marido fallece, pero en nuestro mundo millones de viudas sufren abusos persistentes, discriminación, desheredación e indigencia. Muchas son sometidas a prácticas perniciosas como la quema de viudas o la 'purificación de viudas', un aberrante ritual que a menudo constituye una violación e incrementa el riesgo de que la viuda quede infectada por el VIH. También sufren sus efectos sus hijos e hijas y personas dependientes.
Tenemos la responsabilidad colectiva de salvaguardar los derechos humanos y la dignidad de las viudas, en consonancia con la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y la Convención sobre los Derechos del Niño. Comprometámonos, en el Día Internacional de las Viudas, a empoderar a las mujeres, fomentar la igualdad entre los géneros y poner fin a todas las formas de violencia contra la mujer. Juntos podemos eliminar los desafíos a los que se enfrentan las viudas de todo el mundo y facilitar que hagan realidad su potencial como miembros de la sociedad en pie de igualdad".
Secretario General Ban Ki-moon
Mensaje del Día Internacional de las Viudas
23 de junio de 2014
Ausentes en las estadísticas, inadvertidas por los investigadores, abandonadas por las autoridades locales y nacionales y mayormente ignoradas por las organizaciones de la sociedad civil, la situación de las viudas es, en efecto, invisible.
Sin embargo, el abuso de las viudas y sus hijos e hijas constituye una de las más grandes violaciones a los derechos humanos y obstaculiza el desarrollo actual. Millones de viudas en el mundo soportan extrema pobreza, aislamiento, violencia, falta de vivienda, enfermedades y discriminación en lo que respecta a la ley y las costumbres.
A fin de darle un reconocimiento especial a la situación de las viudas de todas las edades y de todas las regiones y culturas, la Asamblea General de las Naciones Unidas declaró el día 23 de junio de 2011 como el primer Día Internacional de las Viudas de la historia, en Resolución aprobada el día 21 de diciembre de 2010:
La Asamblea General,
Recordando todas sus resoluciones pertinentes, incluida la Declaración del Milenio, así como la Declaración Universal de Derechos Humanos, la Convención sobre los Derechos del Niño, los documentos finales de las grandes conferencias y cumbres de las Naciones Unidas en los ámbitos económico y social y, en particular, las conclusiones en que se apoyó la erradicación de la pobreza mediante la potenciación de las mujeres durante todo su ciclo vital aprobadas por la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer en su 46º período de sesiones, y la Declaración y la Plataforma de Acción de Beijing aprobadas en la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, el 15 de septiembre de 1995,
Recordando también la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, en particular el artículo 3 en virtud del cual las partes tomarán en todas las esferas, y en particular en las esferas política, social, económica y cultural, todas las medidas apropiadas, inclusive de carácter legislativo, para asegurar el pleno desarrollo y adelanto de la mujer,
Afirmando que garantizar y promover la plena realización de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales de todas las mujeres es esencial para alcanzar todos los objetivos de desarrollo convenidos internacionalmente, incluidos los Objetivos de Desarrollo del Milenio,
Poniendo de relieve que el empoderamiento económico de las mujeres, incluidas las viudas, es un factor esencial para la erradicación de la pobreza,
Reconociendo que en muchas partes del mundo todos los aspectos de la vida de las viudas y sus hijos se ven afectados negativamente por distintos factores económicos, sociales y culturales, como la falta de acceso a la herencia, la tenencia de la tierra, el empleo y los medios de subsistencia, las redes de seguridad social, la atención de la salud y la educación,
Reconociendo también el vínculo que existe entre la situación de las viudas y la de sus hijos [e hijas],
Profundamente preocupada porque millones de hijos [e hijas] de viudas se enfrentan a situaciones de hambre, malnutrición, trabajo infantil, acceso difícil a la atención de la salud, el agua y el saneamiento, pérdida de escolarización, analfabetismo y trata de personas,
Reafirmando que las mujeres, incluidas las viudas, deben ser parte integrante de la sociedad en el Estado en que residen, y recordando la importancia de que los Estados Miembros adopten medidas positivas en ese sentido,
Poniendo de relieve la necesidad de prestar especial atención a la situación de las viudas y sus hijos [e hijas], incluidas las que viven en zonas rurales,
1. Decide observar el Día Internacional de las Viudas el 23 de junio de cada año con efecto a partir de 2011;
2. Exhorta a los Estados Miembros, el sistema de las Naciones Unidas y otras organizaciones internacionales y regionales a que, en el marco de sus mandatos respectivos, presten especial atención a la situación de las viudas y sus hijos [e hijas];
3. Invita a todos los Estados Miembros, las organizaciones competentes del sistema de las Naciones Unidas y otras organizaciones internacionales, así como a la sociedad civil, a observar el Día Internacional de las Viudas y crear conciencia sobre la situación de las viudas y sus hijos [e hijas] en todo el mundo;
4. Solicita al Secretario General que, dentro de los límites de los recursos existentes, adopte las medidas necesarias para que en las Naciones Unidas se observe el Día Internacional de las Viudas.
71ª sesión plenaria
21 de diciembre de 2010"
FUENTE: ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS (ONU).